Permiso Marco de Recolección de Biodiversidad Biológica de la Universidad de Los Llanos

Resolución 1313 del 16 de octubre de 2015 “Por el cual se le otorga el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones”
Resolución ANLA

Resolución otorgamiento permiso marco

Resolución 1313 del 16 de octubre de 2015 “Por el cual se le otorga el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial y se toman otras determinaciones”

Ultima Actualización de Investigadores y grupos de investigación

Resolución 2353 del 10 de octubre de 2023 “Por la cual se modifica el Permiso Marco de Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Investigación Científica No Comercial, otorgado a la Universidad de los Llanos mediante la Resolución 1313 del 16 de octubre de 2015" 

¿Cómo acceder al permiso marco ANLA?

Los docentes que quieran hacer uso del permiso e iniciar actividades de colecta deben cumplir los siguientes requisitos:

1.El investigador debe estar incluido en el permiso marco y pertenecer a un grupo de investigación.

2.El Grupo de Investigación debe estar categorizado por Minciencias y estar incluido dentro del permiso Marco de Recolección ANLA.

3.La colecta debe tener fines de investigación científica no comercial.

Cuando un investigador o grupo de investigación requiere ingresar al permiso marco deberá realizar la solicitud vía correo electrónico a la Dirección General de Investigaciones: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Los investigadores incluidos pueden acceder al permiso mediante a los pasos descritos a continuación:

Pasos para acceder al permiso

Solicitud colecta a Dirección General de Investigaciones

1. Enviar al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. en el formato de solicitud dispuesto para las salidas de campo de proyectos, colectas en el marco de cursos y actividades de colectas en los grupos de investigación suscritos en el permiso, puede ser al inicio de semestre o con CINCO DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN en el modelo de solicitud.

Solicitud colecta a Dirección General de Investigaciones

Radicado ANLA

2. Recibir el radicado por parte del ANLA a través de correo enviado por la DGI.

Informe estado de la salida

3.1. Si la salida no se realizó, fue cancelada o no se colecto, debe informar a la DGI mediante el formato Anexo 11F, aclarando que no hubo colecta-salida cancelada.

3.2  Si la salida si se realizó y se colectaron muestras, deberá enviar : Formato Anexo 11F, certificado de ingreso a colección, Planilla Darwin Core SIB, Certificado de publicación SIB (Si ya está publicado en el SIB) o Metadato (si no está publicado en el SIB)

Informe estado de la salida

Deposito ejemplares en colección

4. Depositar los especímenes en una colección nacional registrada ante el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt (IAvH). "Especímenes no sacrificados o que se mantengan vivos (flora y fauna silvestre): la autoridad competente podrá autorizar su liberación al medio natural o su entrega a centros de conservación ex situ, tales como zoológicos, acuarios, jardines botánicos, entre otros".

Publicación datos SIB Colombia

5.Publicación de datos en el SIB: cada investigador debe estar atento a las correcciones en base de datos y/o metadato y hacer seguimiento de la publicación de los datos que se le enviaran por parte de la DGI a su correo electrónico.    

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Publicación datos SIB Colombia

Determinación incumplimiento del permiso de colecta

Para los docentes que no informen la situación de las colectas o que no cumpla con él envió de la documentación, según se dispone en el artículo 2.2.2.8.6.3:

“el Permiso de Recolección podrá ser suspendido o revocado (…) en los casos en que el investigador haya incumplido las obligaciones señaladas en el mismo o en la normatividad ambiental vigente. Lo anterior, sin perjuicio de las medidas preventivas y sancionatorias de que trata la Ley 1333 de 2009, y de las acciones civiles, penales y disciplinarias a que haya lugar”

Además, el no cumplimiento de lo anterior retrasa los informes semestrales que debe enviar la Universidad para cumplir con las responsabilidades pactadas en la resolución 1313 del 2015 (Adjunto), la cual según el Artículo décimo primero determina:

“Advertir a la UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS que el presente permiso de recolección podrá ser suspendido o revocado de conformidad con el artículo 62 de la ley 99 de 1993 mediante resolución motivada por la autoridad nacional de licencias ambientales ANLA de oficio o a peticiones de parte, en los casos en que la universidad o los investigadores hayan incumplido las obligaciones señaladas en el mismo en la normatividad vigente. Lo anterior, sin perjuicio de las medidas preventivas y sancionatorias de que trata la ley 1333 de 2009 y de las acciones civiles, o penales y disciplinarias a que haya lugar”.

Es decir, el no cumplimiento de los docentes puede generar la pérdida del permiso marco a la Universidad de los Llanos.